Información semanal laboral - #102
Esta semana se ha publicado la importante sentencia del TJUE de 22 de febrero de 2024 que establece que los trabajadores indefinidos no fijos son trabajadores temporales a los efectos de que se les aplica la Directiva 1999/70/CE.
La consideración de los trabajadores temporales en fraude de ley como indefinidos no fijos no cumple con la clausula 5 del acuerdo marco y que el abono de una indemnización de 20 días por año trabajado no es una medida adecuada para sancionar debidamente la utilización abusiva de los contratos temporales. Tampoco considera adecuado los procesos de estabilización.
Por otro lado, el TJUE no determina que la única solución es la conversión en trabajadores fijos, sino que corresponde a los tribunales determinar cual es la medida sancionadora que deba aplicarse.
Análisis de interés Ignasi Beltrán | Jurídico Administrativo |
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