Información semanal laboral - #103
Jurisprudencia más importante
1.- Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de febrero de 2024 - Determinar si es ajustada a derecho o no la decisión de la empresa que comunicó a la delegada de personal que debía comunicar la ausencia por motivos ligados a sus labores representativas con una antelación de 48 horas, así como justificar su uso con posterioridad.
La empresa comunica en el tablón de anuncios que, para el disfrute del crédito horario, se debe solicitar con un mínimo de antelación de 48 horas al día de su disfrute y justificar en que se emplean. De no ofrecerse justificación, la ausencia al trabajo, podría considerarse injustificada a efectos disciplinarios. A la trabajadora le fueron descontados un total de 325,42 euros por no solicitar el disfrute de su crédito horario con la antelación suficiente y por no gestionar el mismo por horas de ausencia no comunicadas con dicha antelación ni justificadas durante el período de octubre de 2019 a marzo 2020.
Se considera que este comportam…