Información semanal laboral - # 115
En primer lugar, el gobierno ha anunciado, aunque todavía no es oficial la supresión de la extinción automática de la relación laboral en caso de concesión de una incapacidad permanente en grado total o superior. En este caso, se concedería un derecho a la persona trabajadora de solicitar una adaptación del puesto de trabajo o el cambio a otro puesto de trabajo vacante y disponible, acorde con su perfil profesional y compatible con su nueva situación.
También se determinará, cuando los ajustes empresariales serán considerados excesivos y se podrá rechazar la solicitud del trabajador.
Publicado el Real Decreto Ley 2/2024 con modificaciones relativa al desempleo, lactancia y concurrencia de convenios colectivos.
Respecto a la lactancia acumulada, ya no depende de lo que indique el convenio colectivo o acuerdo con la empresa, sino que toda persona trabajadora podrá exigir la lactancia acumulada.
Es decir, sumar una hora por cada día de trabajo efectivo desde la reincorporación del permiso p…
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