Información semanal laboral - #119
Publicado el criterio de gestión 11/2024 sobre la Incompatibilidad de las pensiones de incapacidad permanente absoluta con trabajos que determinen la inclusión en el sistema de la Seguridad Social.
En relación con la reciente sentencia 544/2024 que considera que el trabajo es incompatible con una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
Este nuevo criterio establece que los pensionistas que ya compatibilizaban la pensión de IPA con trabajo mantendrán esta compatibilidad, pero el INSS podrá iniciar un procedimiento de revisión para determinar la continuidad del grado de incapacidad, sin perjuicio de que se podrá revisar en virtud del artículo 200 de la LGSS.
Los que comiencen a trabajar con una IPA se procederá a suspender el pago de la pensión durante el periodo de la actividad laboral. La finalización de dicha actividad, y la consecuente baja en el régimen correspondiente de seguridad social, supone la reanudación del abono de la pensión.
Jurisprudencia del Tribunal Supremo más …
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