Información semanal laboral - #96
Finalmente, no se ha convalidado el Real Decreto 7/2023 (ya se ha publicado en el BOE la derogación), por lo que no entran en vigor las siguientes reformas:
No se eleva la cuantía del subsidio por desempleo ni se amplia a más beneficiarios.
No se rebaja la cotización a efectos de jubilación del subsidio de mayores de 52 años que actualmente está en el 125% y se iba a reducir al 100% de la base mínima.
No existe prevalencia de los convenios autonómicos sobre convenios estatales y sectoriales.
Respecto a la lactancia, si se quiere acumular deberá recogerlo el convenio colectivo o existir acuerdo con la empresa.
Por otro lado, ya se ha acordado la subida del SMI un 5%, (1.134 euros al mes en 14 pagas) y ello afecta a diversas cuestiones:
El importe mínimo inembargable.
Las cuantías máximas a abonar por el FOGASA
Las bases mínimas de cotización
Jurisprudencia de interés de la semana
1.- Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de diciembre de 2023 - Consecuencias de la no subsanación del requerimiento …